CAOMMIR
 

Mi General Terán, como viejos soldados, nos tocó vivir, a unos más, a otros menos, la época en que  los beneficios otorgados al personal del Ejército, eran muy escasos; esa falta de beneficios, claro está, castigaba con más rigor a nuestro personal de tropa; seguramente fueron ellos quienes acuñaron una máxima, que analizada en el fondo, encierra una gran verdad; dicha máxima corría de boca en boca entre los rincones de los cuarteles o durante las conversaciones del anhelado “descanso a discreción” en las formaciones, o bien durante cualquier actividad que demandara fatiga y encierro; decía la tropa  un poco entre dientes a manera de murmuración: el soldado aguanta todo… menos, que se metan con sus haberes y con su vieja”.
Algo semejante le comenté a usted en la última reforma que se hizo a la Ley del ISSFAM, y repito ahora con motivo de la propuesta del diputado priista José Manuel Agüero Tovar, cuya copia, fuera  enviada al CAOMIR por el General Eduardo Mancera Torres. En dicha propuesta, se pretende modificar el artículo 31 del ISSFAM en beneficio del personal retirado.
      No es sencillo interpretar la propuesta hecha por el señor diputado pues surgen desde luego variadas interrogantes. El texto de la propuesta que usted nos hizo llegar, viene acompañado de un cuadro anexo que complementa la interpretación del documento. Estudiando la propuesta y el cuadro explicativo, llegué aparentemente a su entendimiento, que en mi concepto es el siguiente, existiendo la posibilidad de que esté equivocado:
      Según los párrafos de la propuesta y el ejemplo del cuadro explicativo, se deduce.

  1. Que un general de División, D.E.M. Ret. con 45 años de servicio, gana en la actualidad $54,167.72
  2. Que de acuerdo con la propuesta el mismo general ganaría $60,252.00
  3. Lo que haría un incremento de $6,084.28
  4. La viuda pensionada de un general con las mismas características cobra actualmente $28,509.33
  5. Con la propuesta,  la viuda cobraría $26,365.23
  6. O sea que perdería o dejaría de cobrar $2,144.10

      Ahora, siguiendo el mismo patrón, presento un cuadro en el cual se calcula mi situación particular:
   

Haberes de Retiro

Comparativo de mi situación particular entre la propuesta y lo actual como Gral. Brig. Táctico, y con sólo 15% de primas de perseverancia y 42 años de servicio. (*El monto del haber es inexacto por pocos centavos o pesos).


Según propuesta modificación Art. 31

Conforme Art. 31 actual

Haber  *

$9,273.00

Haber 2011

$9,273.00

Haber doble

$9,273.00

80% Haber

$7,418.40

Haber Base

$18,546.00

40% Haber Técnico

$00.00 (Táctico)

70%

$12,982.20

Técnico Especial

$100.00

40%

$00.00 (Táctico)

15% Haber Persev.

$1,390.00

Técnico Especial

$100.00

Haber de retiro

$18,181.40

15% Perseverancia

$2,781.90

84% Adicional

$15,272.37

Haber de Retiro

$34,410.10

Percepción Actual

$33,453.57

10% 45 años

$00.00 (Sólo 42 años)

 

 

Haber Retiro propone

$34,410.10

 

 

      De lo anterior se deduce:

  1. Un general Brig.  Ret. en condiciones semejantes al suscrito, gana en la actualidad $33,453.57
  2. Que de acuerdo a la propuesta ganaría $34,410.10
  3. Lo que haría un incremento de $956.53 mensuales.

Siguiendo el mismo patrón presento las afectaciones para las pensionadas.

Pensión

Comparativo de la situación propuesta y la actual, para la que algún día,  será mi viuda.


Según propuesta modificación Art. 31

Conforme Art. 31 actual

Haber

$9,273.00

Haber 2011

$9,273.00

60 %

$5,563.80

80% Haber

$7,418.40

40 % Técnico

$00.00 (Táctico)

40% Haber Técnico

$00.00 (Táctico)

Técnico Especial

$100.00

Técnico Especial

$100.00

15 % Perseverancia

$1,390.95

15% Haber Persev.

$1,390.00

Pensión Propuesta

$16,327.75

Pensión actual

$18,181.40

           

      De lo anterior se deduce:

  1. La viuda de un general en mis condiciones, cobraría actualmente $18,181.40
  2. Con la propuesta, la viuda cobraría $16,327.75
  3. O sea que perdería o dejaría de cobrar $1,853.65

Consideraciones

  1. En caso de no estar equivocado en la interpretación de la ley el que esto escribe, las condiciones actuales para las viudas pensionadas, de acuerdo con la Ley del ISSFAM son muy severas al reducirles de manera drástica casi el 50% del ingreso familiar.
  2. De igual manera, de no estar equivocado en la interpretación de la propuesta a la reforma del artículo 31 de la ley del ISSFAM,  las condiciones para las viudas pensionadas se verían aún más severas pues el ingreso familiar se reduciría drásticamente en más del 50%.
  3. En éste caso la ley del ISSFAM no hace distingos entre viudas cuyos maridos hayan fallecido en el  activo, o en situación de retiro.
  4. La diferencia abismal entre los haberes y los haberes de retiro con las pensiones, pudiera obedecer a dos causas; la primera, por la supuesta lógica pues aparentemente con lo que se mantenían dos personas, se puede reducir a la mitad o más para sostener a una sola, o sea a la viuda. La segunda causa pudiera ser la discriminación perenne a que ha sido sometida la mujer en la vida real, aunque en la vida virtual los políticos les den un poco de atole con el dedo como hace unos días al celebrar el Día Internacional de la Mujer.
  5. El primer caso donde se puede suponer que al reducirse la pareja a una sola persona, se haga viable reducirle el ingreso económico a la mitad o más, carece de sustento pues lo único que se gastaría a la mitad sería en lo dedicado al consumo de alimentos, lo que a las alturas de un retirado es lo de menos pues junto con su juventud, se fue el apetito y la facilidad de ingerir todo tipo de alimentos; los viejos aunque se nos antoje ya no podemos comer así  puesto que todo nos hace daño o nos ha sido prohibido por el doctor; nos conformamos con unas rebanadas de pan tostado y algo de verduras.

      Y aquí viene a cuento eso de que no sólo de pan vive el hombre (o la viuda), pues en la actualidad para vivir se requiere entre muchas otras cosas, pagar renta, pagar predial, pagar luz, pagar agua, pagar colegiaturas, pagar tarjeta de crédito, pagar tenencia, pagar verificación vehicular, pagar gasolina en permanente aumento, pagar el mantenimiento de la casa, pagar el IVA por cualquier compra o pago de los aquí citados, pagar la letra del carro, pagar el mantenimiento y las reparaciones del automóvil, pagar transporte público y de quienes dependan de ella en su caso, pagar atención médica, pagar medicamentos(no es posible en toda la república tener a la mano el Hospital Central o un hospital regional, o al menos una corporación para asistir al escalón sanitario, además de que actualmente éste último es un servicio cada vez mas inaccesible al derechohabiente por las múltiples operaciones que mantienen fuera de plaza al doctor). Además de lo enunciado anteriormente viene algo peor, algo que rompe todos los presupuestos familiares;  me refiero a los imprevistos que pueden ir desde el  fallecimiento de algún familiar hasta la visita inesperada de unos compadres; o los jóvenes del activo que tienen hijos en la primaria que tienen que vérselas con la inagotable imaginación de sus maestros para pedir trabajos que originan gastos.
      Invito a cualquier colega del activo o retirado para que haga por escrito el presupuesto de lo que necesariamente deba gastar para el siguiente mes. Seguramente saldrá adelante casi en lo justo, y eso sin considerar los imprevistos, pues si llegan a ocurrir más de uno, entonces seguramente el saldo será en números rojos. Ahora colega del activo o retirado, póngase en el caso de su esposa si usted llegara a faltar; dígame si le alcanzará. ¿No verdad? Busque el remedio haciendo un nuevo presupuesto por escrito descontando los supuestos ahorros que su esposa haría al faltar usted; ¿Hubo algún cambio? ¿No verdad?
Entonces es realmente preocupante la indefensión total en que quedan nuestras esposas al pasar a la viudez.

  1. El no ser necesario ser licenciado en economía para vislumbrar lo anterior, me hace creer que el motivo de que la ley del ISSFAM trate de esa manera a las pensionadas, sea el que falta a la citada ley  ponerse a tono con los tiempos modernos y les dé a las mujeres el lugar que merecen y que tanto se ha venido pregonando en las últimas décadas a través de movimientos a nivel internacional que vienen buscando igualdad de derechos o la equidad de géneros,  y ésta es una oportunidad para cumplirlo, pues se debe en justicia pensar que al morir el marido, la viuda lo único que ahorrará serán algunas rebanadas de pan tostado o algunas verduras hervidas pues todo lo demás le seguirá costando igual.

Conclusiones y petición

  1. Debemos agradecer que alguien se preocupe por el bienestar del militar retirado, como en éste caso lo hace el señor diputado José Manuel Agüero Tovar.
  2. La propuesta del diputado José Manuel Agüero Tovar favorece al personal de retirados, principalmente a  los compañeros con menos de treinta años de servicios que en justicia han venido esperando una mejora en sus percepciones.
  3. La propuesta citada anteriormente, afecta negativamente a las viudas pensionadas.
  4. De aceptarse esa disminución de ingresos en las pensiones, podría acarrear al ISSFAM diferentes problemas  como protestas, demandas, amparos.
  5. Le pediría en lo personal al señor diputado, sin perjuicio de agradecer sus intenciones en lo referente a los haberes de retiro, que lejos de castigar un poco más a las mujeres, pida el cierre de esa brecha tan grande entre los haberes de retiro y las pensiones de nuestras viudas. Así haría usted eco de aquella máxima acuñada en el medio, pues realmente tanto la ley actual del ISSFAM, como el cambio que propone, unifican en un solo hecho el agravio  que mas disgusta a los viejos soldados;  aquello de “que no se metan con nuestros haberes ni con nuestras viejas”.